Ley de Vivienda Promovida Nº 18795
- Fernando Gayo
- 27 mar
- 1 Min. de lectura
La ley n° 18.795 del año 2011 además de incluir beneficios para los inversores privados, se enmarca en un programa más amplio cuyo objetivo es facilitar el acceso a viviendas a sectores de ingresos medios.
Promueve la inversión privada en construcción, refacción o ampliación de viviendas que podrán tener como destino tanto la venta como el alquiler.
El programa impulsa la renovación de stock y regeneración urbana en zonas centrales de Montevideo que cuentan con infraestructura y servicios, supervisando la calidad constructiva de las viviendas y generando proyectos viables a nivel arquitectónico y económico-financiero.
Beneficios para inversores
La ley otorga importantes beneficios para quienes desean invertir en propiedades:
Exoneración del impuesto a la renta (IRAE, IRPF o IRNR) de los alquileres por 10 años.
A condición de que la vivienda sea permanente, es decir, cuente con un contrato de al menos 1 año de alquiler.
Exoneración del Impuesto al patrimonio de las viviendas adquiridas por 10 años. A condición de que hubieran estado alquiladas al menos 6 meses en el año.
Exoneración del ITP (Impuesto a las transmisiones patrimoniales) al adquiriente, en la primera venta de las viviendas, siempre que las mismas se realicen dentro de los 10 años posteriores a la finalización de la obra.
Exoneración del IVA. La obra nueva está gravada por IVA tasa mínima. Sin embargo, los proyectos amparados bajo esta ley están exonerados.
¿Querés saber más?
Te invitamos a ver el siguiente video dónde desmenuzamos la historia, los ajustes y los resultados de la Ley de Vivienda Promovida.